PENSIÓN POR ASCENDENCIA

La Pensión de Ascendientes se otorga al padre y/o a la madre que dependían económicamente de la persona asegurada o pensionada fallecida, siempre que no tuviera cónyuge, concubina (rio) o hijos(as), con derecho a la pensión. 1 REQUISITOS (SOLICITANTE) De la persona asegurada fallecida: Acreditar el vínculo filial.

Sitio Web diseñado por www.sicomweb.com.mx