PENSIÓN POR LEY 97

Bajo el régimen de pensión de la Ley del Seguro Social 1997 existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:

Renta Vitalicia. Es una pensión de por vida que se contrata a través de una Aseguradora. Varios puntos a considerar antes de seleccionar esta modalidad:

El monto de tu pensión dependerá del total del saldo acumulado en tu cuenta individual de tu Afore, la cual se actualizará cada año de acuerdo a la inflación.

Tienes garantizado el pago de una pensión predeterminada de por vida.

Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión en caso de fallecimiento.

Retiro programado. Esta modalidad se contrata con la Afore en la que estás registrado. La cantidad de tu pensión dependerá de diversos factores como el saldo que acumules en tu cuenta Afore, de los rendimientos que obtengas y de la esperanza de vida que te calculen. Es recomendable considerar los siguientes puntos antes de seleccionar esta modalidad:

La diferencia más significante de la Renta Vitalicia, es que en el Retiro Programado recibes tu pensión hasta que se agoten los recursos de tu cuenta Afore.

Es necesario comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión en caso de tu fallecimiento.

Puedes incrementar tus recursos a través del ahorro voluntario.

Pensión Garantizada. Esta modalidad es un complemento de pensión que se otorga a las personas que cumplen con los requisitos de edad y semanas cotizadas, pero los recursos de su cuenta Afore no alcanzan a contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado. Esta pensión es cubierta por el Gobierno Federal y se actualiza anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Sitio Web diseñado por www.sicomweb.com.mx